Preguntas frecuentes
Ofrecemos planes médicos de emergencia para grupos que sólo quieren cubrir las emergencias médicas de los empleados que viajan al extranjero. El grupo puede estar cubierto para viajes individuales o múltiples a la región donde se tiene el plan médico hasta un máximo combinado de:
- 90 días de viaje por año de seguro
- 180 días de viaje por año de seguro
* El objetivo de este plan de seguro es prestar atención médica en situaciones de emergencia. Cualquier tratamiento empezado antes, o que se recibe después de la situación de emergencia no está cubierto por esta póliza. Las áreas de cobertura están sujetas a nuestras condiciones generales.
Los afiliados están cubiertos solamente para casos de emergencia que surjan durante viajes de trabajo o de vacaciones fuera del área de cobertura elegida (si procede). La cobertura está sujeta a las condiciones generales de la póliza y limitada a seis semanas por viaje dentro del límite de la prestación. Incluye la atención necesaria debido a un accidente o a la aparición o empeoramiento repentinos de una enfermedad grave que representa una amenaza inmediata para tu salud. La atención, prestada por un médico, debe empezar en las primeras 24 horas tras el incidente que causó la emergencia. No se cubre atención curativa o de rutina que no sea de emergencia, incluso si se te considera imposibilitado para viajar a un país de tu área geográfica de cobertura. Tampoco se cubren cargos relacionados con la maternidad, el embarazo, el parto o complicaciones del embarazo o del parto.
Los afiliados deben informar al administrador de póliza colectiva de la empresa si van a viajar fuera de su área de cobertura durante más de seis semanas. Las áreas de cobertura están sujetas a nuestras condiciones generales.
Para pólizas colectivas:
- Nuestro plan más completo es Summit 5000.
- Nuestro plan básico es Summit 1750.
Puedes ampliar la cobertura de tu plan Summit con prestaciones dentales, ópticas, de maternidad y de repatriación.
Generalmente cubrimos enfermedades preexistentes (incluyendo enfermedades crónicas preexistentes) a menos que digamos lo contrario por escrito antes de activar la póliza. Si tus condiciones de evaluación son con moratoria CPME/CTT (anteriormente MORI), habrá un plazo de carencia de 24 meses antes de que los reembolsos por cualquier enfermedad preexistente puedan ser aptos. Una vez que hayas cumplido un plazo continuo de 24 meses tras tu fecha de inicio, tu enfermedad preexistente puede estar cubierta, siempre que no hayas tenido síntomas, ni necesitado o recibido atención médica, medicación, dieta o consejo especiales, ni hayas tenido ninguna otra indicación de la enfermedad.
Para más información, ponte en contacto con nuestro equipo de ventas.
Somos una red de más de 350 especialistas en prestaciones para empleados en todo el mundo con una profunda experiencia y conocimientos técnicos del negocio, así como una actitud positiva. Apasionados por las prestaciones para empleados y por hacer las cosas bien, ofrecemos soluciones de forma sencilla con la mejor excelencia de servicio posible. Tu empresa se beneficiará de:
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